El Gobierno busca regularizar el negocio en negro de los taxis

El Gobierno emplazó en el término de 30 días a los permisionarios de servicios de taxis o remises que derivaron la administración de sus permisos de explotación a un tercero a adecuarse a la regulación de mandatarias establecidas en la Ley de Movilidad. De esta forma, quienes quieran ser gestionadores de las chapas deberán inscribirse en la oficina de Registros de la Dirección de Transporte y cumplir con una serie de requerimientos, entre ellos, poseer patrimonio proporcional a la representación de licencias que administran.

La resolución que reglamenta su implementación busca poner blanco sobre negro a una actividad que no estaba formalizada y que podía derivar en el incumplimiento de garantías laborales. Sin embargo, para la Asociación de Propietarios de Taxis (Aprotam), esta medida los perjudica y sospechan que está “armada” para beneficiar a un “grupo de amigos”. Señalaron que en el 2018 presentaron un recurso en contra de la ley y aún no tienen respuestas por parte de la Justicia.

La ley 9.086 en su artículo 35 establece: “El mandatario administrador o mandataria es la persona jurídica que por mandato de terceros titulares de permisos de los servicios de taxi y remis administra la prestación del servicio, tomando a su cargo la contratación y la relación laboral con los choferes que fueren menester para la explotación con las unidades a su cargo, debiendo en cada caso reconocerse y respetarse la antigüedad, así como derechos y beneficios laborales y gremiales que los choferes trabajadores gozaran con respecto del titular del permiso”.

En Mendoza hay 1.463 taxis y 416 remises. De los primeros, la mayor cantidad de licencias –unas 50– están en mano de una misma familia pero a la que le adjudican tener muchas más unidades a través del alquiler de las chapas.

El director de Transporte, Luis Borrego, indicó que no hay números oficiales de cuántas personas están ejecutando la administración de los permisos ya que se trata de una actividad que no estaba formalizada.

“La mandataria deberá cumplir ciertos requisitos e inscribirse para comenzar a realizar esa tarea”, detalló el funcionario, quien sostuvo que esto permitirá ordenar el trámite, además de que estas personas y el dueño del taxi “serán solidariamente responsables tanto en los requisitos formales como en los laborales”. Esto incluye desde el mantenimiento del vehículo y el cumplimiento de la prestación reglamentaria hasta cualquier incumplimiento en la prestación del servicio.

En tanto, aclaró que si un dueño quiere ser, a su vez, mandatario tiene que tener al menos cuatro vehículos autorizados. Cuando la cantidad de vehículos administrados supere 40, deberá disponer de un auto de su propiedad para su afectación como sustituto cada 10 unidades administradas. Sin embargo, ninguno podrá tener a cargo más de 150 permisos de explotación de taxis.

Walter Domínguez, secretario de la Asociación de Choferes de Taxi, comentó que el contrato que existía entre los administradores y los dueños de las chapas quedaba en las sombras. “Ahora, el Gobierno blanquea esta situación y los obliga a que se hagan cargo de todo lo que se genera de la explotación. Podían incurrir en el no pago de aguinaldo, vacaciones o recibos magros”, dijo.

El chofer entiende que ahora pasaría a ser empleado de las personas que administran el servicio. “Actualmente, uno trabaja en un coche que está a nombre de una persona pero la que nos contrata es otra, entonces, cuando salta alguna diferencia laboral, no se sabe a quién reclamar”, confió.

Fernando Sáez, de Aprotam, expresó que este sistema de mandatarias es lo que vienen cuestionando desde la sanción de la Ley de Movilidad. “Sospechamos que está armado para un grupo de amigos”, puntualizó. Y agregó que se los acusa falsamente de “alquilar permisos y de no pagar la 931 (Pago de Aportes y Contribuciones a Empleados)”.

El trámite

El trámite deberá realizarse en la oficina de Registro de la Dirección de Transporte y acreditar la siguiente documentación:

  • Estar registrado como Persona Jurídica Privada, conforme lo previsto por el Código Civil y Comercial de la Nación.
  • Ser sociedad debidamente inscripta en los rubros previsionales y tributarios.
  • Contar con sede principal y domicilio legal en la provincia de Mendoza.
  • Poseer patrimonio proporcional a la representación de licencias que administra.
  • El objeto en el contrato deberá estar determinado para el ejercicio de la actividad de mandataria administradora del servicio de taxi.
  • Sus socios o directivos no deben registrar antecedentes por infracciones a las leyes de transporte, penales o administrativas.
  • Sus socios o directivos no podrán ser fallidos o concursados hasta 5 años posteriores a su rehabilitación.

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